Algunos responsables están comunicando a la plantilla de Supersol que no se puede elegir las vacaciones en los meses de Julio y de Agosto, por lo que CGT informamos que no es correcto.
Cualquier trabajador/a puede disfrutar sus vacaciones desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, todo ello en virtud del artículo 20 del Convenio Colectivo de aplicación.
Si tenéis algún problema con poder elegir las fechas del disfrute de tus vacaciones, NO FIRMES NADA y ponte en contacto con CGT.
SALUD Y ACIERTO
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